Ley 1540 sobre ruidos molestos en Argentina

medición de Ruidos molestos

Medición de ruidos

Clausuras – Requerimientos – Habilitaciones

¿Qué establece la Ley 1540 en Argentina?

La Ley 1540 regula los ruidos molestos en la Ciudad de Buenos Aires, fijando límites de emisión sonora para proteger la salud, el descanso y la convivencia vecinal.

medición de ruido

Cumplimentando la normativa vigente CABA y Provincia de Buenos Aires

 Informe técnico

Alcances y aplicación de la Ley 1540

La Ley 1540, vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece normas específicas para el control de los ruidos molestos, fijando parámetros claros de emisión sonora según el tipo de actividad y el horario. Su objetivo principal es garantizar un ambiente saludable, preservar la tranquilidad de los vecinos y prevenir daños a la salud por contaminación acústica.

Entre los puntos más importantes que regula la ley se encuentran:
– Límites máximos de emisión sonora en decibeles, diferenciando entre zonas residenciales, comerciales e industriales.
– Restricciones horarias más estrictas durante la noche y en franjas de descanso.
– Control de ruidos producidos por obras, locales nocturnos, tránsito vehicular y actividades industriales.
– Responsabilidad de personas físicas y jurídicas por generar ruidos por encima de los límites permitidos.
– Sanciones que incluyen multas económicas, clausura de establecimientos y exigencia de adecuación técnica.

La Ley 1540 es de cumplimiento obligatorio en todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y constituye una de las herramientas principales para combatir la contaminación acústica urbana.

En caso de sufrir ruidos molestos que superen los límites establecidos, es posible realizar denuncias ante las autoridades locales, presentando pruebas como mediciones sonoras o testimonios de los afectados.

¿Tenés problemas de ruidos molestos en tu hogar o comercio? Consultanos gratis y obtené asesoramiento profesional para proteger tu tranquilidad.

Persona en un departamento sufriendo ruidos molestos de vecinos, perro ladrando y música alta

Ruidos molestos: ¿qué son?

Los ruidos molestos son sonidos no deseados que superan ciertos niveles de tolerancia y afectan la salud, el descanso, la comunicación o la convivencia de las personas.

Se encuentran regulados en la ley argentina en el CCyCN Art. 1973 y en CABA mas especificamente por la Ley 1540.

Los límites del ruido serán delimitados dependiendo si la zona es residencial, comercial o industrial.

Si precisas hacer una medición por ruidos molestos en CABA, consultanos.

Trabajamos con el Estudio Jurídico Sánchez Ferré en temas legales para proteger tus derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice la ley Argentina sobre ruidos molestos?

Se considera ruido molesto aquel que supera los decibeles permitidos (p. ej., 55 dB de día y 45 dB de noche), se repite o es continuo, y perturba a terceros, especialmente entre las 22:00 y las 7:00, cuando la normativa es más estricta.

¿Cuáles son los horarios permitidos para hacer ruido en Argentina?

Generalmente, se permite ruido razonable entre las 7:00 y las 22:00, mientras que entre las 22:00 y las 7:00 se restringe debido al descanso nocturno.

¿Cuál es el nivel de ruido permitido?

En residencias, el tope suele ubicarse en 55 dB diurno y 45 dB nocturno, aunque puede variar según normativa local.

¿Qué horario se considera ruido molesto?

Principalmente se ve como molesto entre las 22:00 y las 7:00, cuando ruidos moderados pueden violar la paz nocturna.

¿Qué son las normas IRAM 4062?

Es una norma técnica sobre “ruidos molestos al vecindario” usada para medir y calificar objetivamente la molestia sonora.

¿Cuándo podés denunciar por ruidos molestos?

Se recomienda hacerlo si el ruido es reiterado, supera los decibeles permitidos y causa perturbación, especialmente fuera del horario establecido.

¿Qué puedo hacer si mi vecino hace mucho ruido?

Primero, hablar con buena disposición; si no funciona, recurrir al reglamento de consorcio o denunciar ante la autoridad competente con medición técnica como sustento.

¿Qué nivel de ruido se considera molesto?

En zonas residenciales, se considera molesto superar 55 dB durante el día y 45 dB por la noche, según normativas comunes entre municipios.

¿Cuándo se considera ruido molesto?

Cuando el sonido supera los límites legales, es persistente o repetitivo y altera la tranquilidad del entorno, especialmente en horario nocturno.

¿qué dice la ley argentina sobre ruidos molestos?

La ley 1540/2004 regula la contaminación acústica en la Ciudad de Buenos Aires. El Código Civil regulta en su art. 1973. diciendo que «ruidos, vibraciones o inmisiones similares por el ejercicio de actividades en inmuebles vecinos, no deben exceder la normal tolerancia teniendo en cuenta las condiciones del lugar».

¿cuáles son los horarios de los ruidos molestos en caba?

Estos horarios son de acuerdo a dos períodos, diurno y nocturno.

El diurno queda comprendido entre las 07.01 hs y las 22.00 hs y el nocturno entre las 22.01 hs y las 07.00 hs.

Esto se regula a través de la ley 1540 y su decreto reglamentario.

¿Cuándo se puede llamar por ruidos molestos?

Se puede denunciar tras comprobar que el ruido supera los límites legales, especialmente si ocurre fuera del horario permitido y ya fue expresada la molestia.

¿A qué horas puedo decirle a mis vecinos que hagan silencio?

Especialmente entre las 22:00 y las 7:00, ya que en ese periodo se espera silencio por respeto al descanso nocturno.

¿Dónde puedo denunciar a mi vecino por ruidos molestos?

Se puede denunciar ante la municipalidad o autoridad local, en CABA podés llamar al 147

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AÑOS EN EL MERCADO

Pasos para la medición de impacto acústico

Existen ciertos pasos a seguir para una análisis de impacto acústico, ya sea que lo hagas por un problema de ruidos molestos, por una habilitación de ruido laboral o porque tu actividad debe realizar un RAC en CABA por formar parte del grupo de actividades potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones

Te contactas con los expertos en medición de sónido. Allí te consultaremos cuantos puntos de medición serán.

En OPUS contamos con un equipo de expertos en estudio de impacto acústico. Trabajamos en el área legal junto con el Estudio Jurídico Sanchez Ferre y junto con SH en el área de seguridad e higiene.

Definimos un día y horario para que el profesional realice la evaluación de impacto acústico.

Te entregamos en un lapso de 7 a 10 días el informe de impacto acústico correspondiente.

Nuestro enfoque sobre la medición de ruidos molestos

Opinión del Ing. Andrés Albalat

Hace ya muchos años que me dedico a la medición de ruido. Cuando decidí trabajar en esto lo hice porque vi en las mediciones acústicas un trabajo muy importante, que forma parte de algo integral en la vida humana.

Vivir en sociedad implica que, dónde termina mi derecho, comienza el del otro. En donde debe terminar un ruido molesto, debe comenzar el descanso del otro lado de la pared.

Medir sónido para mí no es tan solo cuantizar la intensidad de los ruidos, sino trabajar para que todos podamos vivir sin conflictos, ni molestias: en armonía sonora.

P

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Reseñas

Contratamos el servicio de medición de ruido laboral para nuestra planta en CABA y quedamos muy conformes. Todo el proceso fue claro, rápido y con un informe técnico impecable que cumplió con la Ley 1540.

Laura Fernández

Necesitábamos un RAC en CABA para habilitar un nuevo local y el equipo fue sumamente profesional. Nos guiaron en cada paso, realizaron las mediciones con instrumental calibrado y entregaron el certificado sin demoras.

Martín Rivas

Excelente atención y profesionalismo. Hicieron la medición de ruido ambiental en nuestro depósito y presentaron toda la documentación requerida por el Gobierno de la Ciudad sin observaciones.

Gabriel López

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