Horarios permitidos para hacer ruido en Argentina
medición de Ruidos molestosMedición de ruidos
Clausuras – Requerimientos – Habilitaciones
¿Cuándo se puede hacer ruido sin infringir la normativa?
En Argentina existen franjas horarias en las que se permite realizar actividades ruidosas y otras en las que rige la prohibición. Estos horarios buscan proteger el derecho al descanso y la convivencia entre vecinos.
medición de ruido
Cumplimentando la normativa vigente CABA y Provincia de Buenos Aires
Informe técnico
Horarios de ruidos permitidos y restringidos
Los horarios permitidos para hacer ruido en Argentina suelen variar según la normativa de cada municipio, pero en términos generales se mantiene un criterio común para garantizar la convivencia.
Durante el día, las actividades que generen ruido suelen estar permitidas entre las 8:00 y las 21:00 horas. Sin embargo, en horario nocturno rige la restricción: desde las 22:00 hasta las 7:00 de la mañana, los ruidos que superen ciertos niveles de decibeles se consideran molestos y pueden ser denunciados.
En muchos casos, también se establecen «horas de descanso» a mitad de la jornada, como la franja de la siesta (aproximadamente de 13:00 a 16:00), donde no se permiten ruidos excesivos en zonas residenciales.
Los factores clave para determinar si el ruido es infractor son:
– La intensidad del sonido medida en decibeles.
– El horario en el que ocurre.
– El tipo de zona (residencial, comercial o industrial).
Respetar los horarios es esencial para evitar sanciones y mantener la buena convivencia. En caso de conflictos, es recomendable recurrir al asesoramiento profesional para conocer los pasos correctos para realizar una denuncia o defensa.
¿Tenés inconvenientes con vecinos o actividades ruidosas fuera de horario? Consultanos gratis y resolvé tu situación con asesoramiento especializado.

Ruidos molestos: ¿qué son?
Los ruidos molestos son sonidos no deseados que superan ciertos niveles de tolerancia y afectan la salud, el descanso, la comunicación o la convivencia de las personas.
Se encuentran regulados en la ley argentina en el CCyCN Art. 1973 y en CABA mas especificamente por la Ley 1540.
Los límites del ruido serán delimitados dependiendo si la zona es residencial, comercial o industrial.
Si precisas hacer una medición por ruidos molestos en CABA, consultanos.
Trabajamos con el Estudio Jurídico Sánchez Ferré en temas legales para proteger tus derechos.
Preguntas Frecuentes
¿Qué dice la ley Argentina sobre ruidos molestos?
Se considera ruido molesto aquel que supera los decibeles permitidos (p. ej., 55 dB de día y 45 dB de noche), se repite o es continuo, y perturba a terceros, especialmente entre las 22:00 y las 7:00, cuando la normativa es más estricta.
¿Cuáles son los horarios permitidos para hacer ruido en Argentina?
¿Cuál es el nivel de ruido permitido?
¿Qué horario se considera ruido molesto?
¿Qué son las normas IRAM 4062?
¿Cuándo podés denunciar por ruidos molestos?
¿Qué nivel de ruido se considera molesto?
¿Cuándo se considera ruido molesto?
¿qué dice la ley argentina sobre ruidos molestos?
La ley 1540/2004 regula la contaminación acústica en la Ciudad de Buenos Aires. El Código Civil regulta en su art. 1973. diciendo que «ruidos, vibraciones o inmisiones similares por el ejercicio de actividades en inmuebles vecinos, no deben exceder la normal tolerancia teniendo en cuenta las condiciones del lugar».
¿cuáles son los horarios de los ruidos molestos en caba?
Estos horarios son de acuerdo a dos períodos, diurno y nocturno.
El diurno queda comprendido entre las 07.01 hs y las 22.00 hs y el nocturno entre las 22.01 hs y las 07.00 hs.
Esto se regula a través de la ley 1540 y su decreto reglamentario.
¿Cuándo se puede llamar por ruidos molestos?
Se puede denunciar tras comprobar que el ruido supera los límites legales, especialmente si ocurre fuera del horario permitido y ya fue expresada la molestia.
¿A qué horas puedo decirle a mis vecinos que hagan silencio?
clientes satisfechos
AÑOS EN EL MERCADO
Pasos para la medición de impacto acústico
Existen ciertos pasos a seguir para una análisis de impacto acústico, ya sea que lo hagas por un problema de ruidos molestos, por una habilitación de ruido laboral o porque tu actividad debe realizar un RAC en CABA por formar parte del grupo de actividades potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones
Te contactas con los expertos en medición de sónido. Allí te consultaremos cuantos puntos de medición serán.
En OPUS contamos con un equipo de expertos en estudio de impacto acústico. Trabajamos en el área legal junto con el Estudio Jurídico Sanchez Ferre y junto con SH en el área de seguridad e higiene.
Definimos un día y horario para que el profesional realice la evaluación de impacto acústico.
Te entregamos en un lapso de 7 a 10 días el informe de impacto acústico correspondiente.
Nuestro enfoque sobre la medición de ruidos molestos
Opinión del Ing. Andrés Albalat
Hace ya muchos años que me dedico a la medición de ruido. Cuando decidí trabajar en esto lo hice porque vi en las mediciones acústicas un trabajo muy importante, que forma parte de algo integral en la vida humana.
Vivir en sociedad implica que, dónde termina mi derecho, comienza el del otro. En donde debe terminar un ruido molesto, debe comenzar el descanso del otro lado de la pared.
Medir sónido para mí no es tan solo cuantizar la intensidad de los ruidos, sino trabajar para que todos podamos vivir sin conflictos, ni molestias: en armonía sonora.
Quizás te interese

Medición de vibraciones:
controlamos la exposición de los trabajadores a vibraciones de herramientas y maquinarias para prevenir riesgos en la salud.

Ruido laboral:
medimos los niveles de ruido en los puestos de trabajo para cumplir con la normativa y proteger la audición.

Medición de ruido:
realizamos controles de niveles sonoros en ambientes laborales para cumplir con la normativa y proteger la salud auditiva.

RAC en CABA:
gestionamos el Registro de Actividades Catalogadas con informes acústicos obligatorios para habilitar locales.
Reseñas
Contratamos el servicio de medición de ruido laboral para nuestra planta en CABA y quedamos muy conformes. Todo el proceso fue claro, rápido y con un informe técnico impecable que cumplió con la Ley 1540.
Necesitábamos un RAC en CABA para habilitar un nuevo local y el equipo fue sumamente profesional. Nos guiaron en cada paso, realizaron las mediciones con instrumental calibrado y entregaron el certificado sin demoras.
Excelente atención y profesionalismo. Hicieron la medición de ruido ambiental en nuestro depósito y presentaron toda la documentación requerida por el Gobierno de la Ciudad sin observaciones.
¿Dónde estamos?
Nuestros socios

SH higiene y seguridad es nuestro socio estratégico en materia legal, brindando asesoramiento especializado en derecho laboral y de seguridad e higiene, con cobertura en CABA y Provincia de Buenos Aires.
Su experiencia respalda cada uno de nuestros proyectos, garantizando soluciones seguras y conforme a la normativa vigente.

Estudio Jurídico Sánchez Ferre es nuestro socio estratégico en materia legal, brindando asesoramiento especializado en derecho laboral y de seguridad e higiene, con cobertura en CABA y Provincia de Buenos Aires.
Su experiencia respalda cada uno de nuestros proyectos, garantizando soluciones seguras y conforme a la normativa vigente.
Nosotros
Quiénes Somos
Profesionales experimentados y especializados en seguridad laboral
Garantizamos rapidez y responsabilidad

Alejandro Sanchez Ferre
Ingeniero Especialista en Seguridad e Higiene
Profesional Senior

Mariana Sanchez Ferre
Lic. en Seguridad e Higiene
Profesional de campo
Consultenos
tel: 11 3354 4162
mail: matiassanchezferre@gmail.com
dirección: Bach 4459 – CABA. Suc. Cordoba : Santa Fe 51 Elena Cba